20.12.07

El dudoso y arbitrario manejo de fondos y recursos de la APT y la Obra Social

Tres directivos de la Asociación de Prensa de Tucumán le pagaron $ 4.000 a un inspector de Dipsa para que “gestione” la habilitación de Prensa Club para que pueda ser usado por los afiliados y alquilado a terceros. El trámite de habilitación se hace en unas 72 horas y cuesta alrededor de $ 150, lo que hace inexplicable que se haya entregado ese monto.
El inspector terminó siendo sumariado, y es probable que ese expediente termine en una fiscalía penal por tratarse, aparentemente, de un caso de cohecho. Y se sabe, coimero no es sólo el que recibe, sino también el que da. Los directivos que firmaron la orden para que el inspector retirara el dinero son Luis Urtubey (secretario Adjunto), Domingo Gil (secretario Gremial) y Pablo Neder (vocal).
Lo sucedido nos pone frente a dos situaciones diferentes. Por un lado está la aparente comisión de un delito, que viene a demostrar cómo se mueven las autoridades del gremio y la obra social, o al menos el manejo arbitrario y discrecional de los recursos económicos de la institución. Impunidad es una palabra que cabe para este tipo de casos.
La otra, no menos grave, es que los locales de la APT y la OS no cuentan con las correspondientes habilitaciones municipales para su funcionamiento. No es un dato menor, porque si llegara a pasar algo sería nuestra institución la que debería afrontar gastos y hasta juicios civiles y penales que podrían llevarla a la bancarrota.
Pensemos, como máximo ejemplo de esta situación, que al Prensa Club asisten niños (se alquila para que colegios dicten educación física en ese predio) y ahora nuestros hijos en la colonia de vacaciones. Otros son centros de atención de la salud, y tampoco cuentan con los permisos obligatorios; el único local en condiciones es el de Junín 775 (estos datos constan fueron recabados en oficinas de la Dipsa).
Los abogados consultados consideraron que estaría configurada la figura del cohecho activo. Pero recomendaron esperar a que concluya el sumario de Dipsa. Pero nosotros creemos que es necesario poner a consideración de todos los afiliados del gremio esta información.
Más allá de lo que diga el Código Penal, el caso está en contradicción con la ética y la moral de cualquier dirigente gremial.
Consideramos que es un hecho grave, más allá de los montos y de las formas aparentemente legales en que se hicieron los trámites, y que debe estar en conocimiento de todos los afiliados de la APT. Hay que tener en cuenta la responsabilidad que todos tenemos como afiliados de lo que pueda pasar, pero sobre todo del compromiso de quienes fueron elegidos para administrar algo que no les pertenece.
Ante este tipo de acontecimientos, el beneficio de la duda empieza a desdibujarse con suficientes motivos, y a alimentar rumores y habladurías. Lo que estamos exponiendo acá y ahora es concreto y comprobable, puede llevar a pensar que hay muchas más cosas que los afiliados desconocemos.
Lo que hace más compleja la situación es que mientras se producen estas anomalías, hay compañeros a los que se les limitan las prestaciones de salud porque las empresas no hacen los aportes correspondientes.
¿No sería más lógico cuidar el dinero de todos, y reinvertirlo en el bienestar de los trabajadores, en lugar de pagarle a dudosos “gestores”? ¿No es ese el rol que deberían cumplir la OS y el gremio? ¿Hasta cuándo vamos a pagar los platos rotos de una dirigencia que nos ve como números o enemigos y no como aquellos a quienes debería proteger?
Estas son dos instituciones que se hicieron grandes y respetables por la conducta y la lucha de muchos compañeros, y como afiliados no quisiéramos verla destruida por las mañas y malos hábitos de dirigentes que sólo buscan seguir atornillados a sillones desde los que manejan la salud y la situación laboral de todos nosotros.
Por eso, es necesario que las autoridades del gremio y de la OS expliquen la situación y confirmen si hubo hechos similares. El gremio es de todos, y tenemos que cuidarlo. Mantengámosnos atentos, y exijamos que los directivos rindan cuentas de cómo y en qué gastan nuestro dinero.

Lo expuesto anteriormente está acreditado en el expediente 15153/260 de la Dirección de Producción y Saneamiento de la Muinicipalidad de San Miguel de Tucumán, cuyas copias autenticadas están en nuestro proder. Si quiere consultarse, están a disposición.


Corriente de Trabajadores de Prensa

Facundo Pereyra, Alejandro Díaz, Valeria Totongi y Julio Valenzuela.

La Justicia condenó a la APT por el intento de expulsar a dos compañeros

El juzgado de Conciliación y Trámite del Trabajo de la IV Nominación resolvió hacer lugar a la Acción de Amparo interpuesta por Alejandro Díaz y Marcelo Cuello, (trabajadores de prensa de El periódico y Canal 10, respectivamente) en contra de la Asociación de Prensa de Tucumán (APT), por la arbitraria e ilegal convocatoria a una asamblea gremial que tenía por objeto la expulsión de estos dos compañeros, ambos delegados de empresas periodísticas.
Con ello, la jueza Molina le dio la razón a los dos afiliados de la APT y en su fallo consideró que la entidad gremial "ha violado garantías constitucionales como el Debido Proceso Legal y Derecho a la Defensa", en la vergonzosa convocatoria de la comisión directiva de la APT. Asamblea que nunca llegó a realizarse por la denuncia ante la Justicia provincial que realizaron los compañeros Díaz y Cuello posibilitando así, la desarticulación de esta maniobra ilegal con una medida cautelar dictada el pasado 17 de octubre.
Además, condenó a la entidad gremial a pagar las costas, "por cuanto fue la causante (APT) de los gastos ocasionados en este juicio" desestimando así, el pedido de los abogados del sindicato de los periodistas. Una causa que además develó otro condimento que no podemos dejar de alertar y repudiar: la actual comisión directiva tiene contratado los servicios del Estudio Jurídico López Domínguez, el mismo equipo de abogados que asiste a las empresa periodísticas La Gaceta, El siglo y El periódico. En este último medio, López Domínguez fue el encargado de notificar por los menos una decena de despidos que se produjeron durante los últimos dos años en ese medio y de confeccionar los acuerdos indemnizatorios. Es decir, la APT contrató a un equipo de abogados que está de los dos lados del mostrador.
Esta decisión no es un dato menor, si se lo ve a la luz de la preocupación por el daño patrimonial a nuestro gremio y que en este caso tiene claros responsables: el secretario general, Oscar Gijena, el resto de la Comisión Directiva y los actuales asesores legales de la APT.
Es por eso que desde la Corriente de Trabajadores de Prensa exigimos que el pago de las costas que fijó la Justicia se descuente de los sueldos gremiales que perciben los directivos de la APT, hasta liquidar el total de la demanda y se aclare por qué el gremio de los trabajadores de prensa contrató a un estudio jurídico que también asiste a la patronal.

Lo que dice el fallo
En su fallo la jueza Molina El juzgado de Conciliación y Trámite del Trabajo de la IV Nominación resalta:
"Que, atento a los argumentos esgrimidos por la parte actora para entablar esta demanda, los hechos fácticos y jurídicos que se encuentran involucrados en esta acción y pruebas aportadas sobre los mismos, hechos que además fundamentaron la concesión de la Medida Cautelar dictada en autos, cuyo objeto coincide con el objeto de la pretensión principal, se concluye que la cuestión de fondo del amparo está referida puntualmente al procedimiento seguido por la asociación sindical (APT) para ejercer su facultad disciplinaria, el que efectivamente se encuentra viciado de nulidad, tal como se dijo en la Resolución de fecha 17/10/07, que hizo lugar a la precautoria ante la incertidumbre del perjuicio inminente que le acarrearía al actor si se lleva a cabo la mentada asamblea en la forma prevista…".

Y continúa:
"Desde esta óptica considero que le asiste razón a los accionante, toda que ve que la convocatoria de la entidad sindical ha violado garantías constitucionales como el Debido Proceso Legal y Derecho a la Defensa del afectado, lo que hace viable la acción amparista impetrada, sumado a ello el allanamiento manifestado por la demandada, en forma expresa y contundiente, por lo que correspondo hacer lugar a esta demanda. Así lo declaro".

Por lo que finalmente resuelve:
1º) Hacer lugar a esta acción de amparo, interpuesta por Alejandro Marcel Díaz y Marcelo Arturo Cuello, en contra de la Asociación de Prensa de Tucumán, atento al allanamiento expresión por la parte demandada, y habiéndose concretado la pretensión de esta acción en la Medida Cautelar ordenada en autos, se dan por concluídas estas actuacioes, conforme a lo explicitado".
2º) Costas: a la parte vencida –demandada según se considera.
3º) Honorarios: oportunamente según fuera considerado.
4º) Notifíquese con habilitación de día y hora.
Hágase saber.